jueves, febrero 22, 2018

La jueza Lamela no ve delito de Luis de Guindos en las cuotas de CAM

ALICANTE.- La juez de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, ha rechazado reabrir la pieza separada sobre las cuotas participativas al entender que, a tenor de las nuevas pruebas aportadas por la Plataforma CAM (colectivo que agrupa a buena parte de los afectados), no se deduce que existiera «una trama urdida» para engañar a los clientes. 

De este modo, el abogado Diego de Ramón, que encabeza la batalla jurídica en nombre de estos clientes de la entidad, tendrá que recurrir la decisión de la juez ante la Sala de lo Penal para intentar que se reabra la causa. 
Y no sería la primera vez que sucede esto. La Sala de lo Penal ya ha ordenado al juzgado central de Instrucción número 3 la reapertura de esta misma pieza en tres ocasiones anteriormente (la última vez fue en junio de 2017, y se decretó que se tomara declaración en calidad de testigos a ocho comercializadores de este producto financiero). 
En esta ocasión, De Ramón había solicitado que se citara a declarar al aún ministro de Economía, Luis de Guindos (como jefe de Lehman Brothers en España coordinó y dirigió la emisión de las cuotas); a Emilio Ontiveros, presidente de Analistas Financieros Internacionales (actuó como asesor financiero de la Caja en la operación) y al el exdirectivo de la CAM, José Pina. La juez Lamela ha rechazado esta petición.
Según el portavoz de la Plataforma CAM, Carlos Pena, la decisión judicial «solo ha buscado proteger a Guindos».
En el auto, la juez recuerda que para determinar presuntas irregularidades en la comercialización «sería necesario examinar cada supuesto por separado», y aboga por que sean los juzgados del lugar donde se suscribieron las cuotas aquellos a los que se dirijan las reclamaciones por el supuesto perjuicio que alega la acusación. 
La magistrada confirma así el archivo de las actuaciones respecto a esta pieza y remite a los razonamientos que ya formuló en ocasiones anteriores.
En aquellas resoluciones sostenía que, a la vista de lo declarado por los empleados y suscriptores de cuotas, «no podía afirmarse que existiera una trama urdida desde la dirección de la CAM para provocar un engaño en sus clientes, llevándolos a un producto de riesgo, ocultando su verdadera naturaleza y condiciones» a fin de garantizar el éxito de la emisión.
Ahora, la juez reitera que el estudio pormenorizado de cada uno de los casos de comercialización «excede de lo que es el objeto del presente procedimiento y de las personas en el mismo investigadas».
Las cuotas participativas de la CAM fueron colocadas a 55.000 pequeños inversores desde 2008, una operación por la que la caja recogió 292 millones de euros.
Sin embargo, en diciembre de 2011, meses después de la intervención por el Banco de España, éstas dejaron de tener valor y se suspendió su cotización en Bolsa. Algunos inversores han recuperado su dinero tras acudir a los tribunales.
Actualmente, cuatro de los antiguos miembros de la cúpula de la caja se encuentran pendientes de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos contra las condenas de hasta cuatro años de cárcel dictadas por la Audiencia Nacional por la "distorsión" de los estados contables entre 2010 y 2011 y la "vulneración" de la imagen real en momentos de graves crisis.
Esta pieza principal del caso incluía, además, la indemnización a los cuotapartícipes que compraron entre el 1 de marzo de 2011 y el 22 de julio de ese mismo año.
Con todo, la sala advertía en su sentencia de que no ha quedado acreditado que estos inversores acudieran a la oferta fiándose de la "supuesta e irreal situación" de la CAM y "menos aún, que los acusados maniobraran artificiosamente en su propio beneficio, de la entidad o de terceros".